Reforma de la refinanciación – RDL 4/2014

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El Real Decreto Ley 4/2014, de 7 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial (el “RDL” o “RDL 4/2014”) supone un cambio profundo en el régimen español de las operaciones de refinanciación e incorpora algunas de las ideas y mecanismos de gestión extrajudicial de las situaciones de insolvencia que se han venido aplicando en los últimos años en los países de nuestro entorno y que han demostrado una eficacia relevante en el objetivo común de todos los interesados de mantenimiento de la actividad de las empresas en dificultades financieras y de maximizar el valor y capacidad de pago del deudor.

La reforma llevada a cabo por medio de dicho RDL supone, además, una evidente superación de determinados conceptos jurídicos profundamente arraigados en nuestra tradición jurídica, pero que, en el marco de situaciones complejas como suelen ser las situaciones preconcursales, suponían un lastre para la consecución de los objetivos antes mencionados.

El sistema establecido tras la reforma es muchísimo más ambicioso que el sistema anterior, que se conformaba con la extensión de los efectos de la espera a los acreedores disidentes y respetaba de un modo reverencial las garantías reales como un verdadero ámbito intocable sin el consentimiento expreso del acreedor garantizado. El nuevo sistema relativiza la posición de todos los acreedores y busca promover soluciones razonables que se decidan por la mayoría de los acreedores, impidiendo las posiciones de fuerza o veto de los acreedores con menor interés en cada caso, tan habituales en los procesos de refinanciación.

No obstante, el nuevo sistema es también mucho más complejo y, a la vista de las evidentes lagunas en determinados aspectos importantes del sistema, su aplicación práctica va a requerir de un notable esfuerzo por parte de los jueces en colmar esas lagunas y dictar resoluciones que tengan en cuenta el sentido económico, financiero y práctico de las soluciones que se plantean en estos procesos, teniendo siempre presentes las distintas posiciones de partida desde las que cada una de las propias entidades financieras abordan estos procesos.

Resumen de RDL 4/2014

Preguntas y respues sobre el RDL 4/2014

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